La profanación ocurrió en la ciudad de San Francisco y se investiga una posible “brujería por encargo”. Todos los detalles.
Una mujer fue detenida por una posible “brujería por encargo” cuando fue descubierta cortándole los dedos a un cadáver en el cementerio municipal de la ciudad de San Francisco, provincia de Córdoba, que limita también con Santa Fe.
El macabro episodio ocurrió durante la madrugada de este martes en el cementerio ubicado al sur de la mencionada ciudad, a 200 kilómetros de la capital provincial. Allí, una mujer de 36 años fue detenida luego de cavar una tumba con una pala para exhumar el cadáver y cortarle los dedos índices con una tijera, según detalló Infobae.
La mujer fue arrestada por la Policía de Córdoba ante la principal sospecha de que su accionar tenga relación con una posible “brujería por encargo”. “Hay pruebas recolectadas que apuntan en ese sentido”, aseguraron fuentes policiales cordobesas al mencionado sitio. Una vez detenida, la mujer fue trasladada por personal de la Departamental San Justo a una celda, a la espera de que la fiscalía de turno dicte las primeras directivas para continuar con la investigación del caso.
Según fuentes policiales, la mujer es vecina en la zona y trabajaba como empleada de una empresa terciarizada de limpieza y una ART. Sin embargo, su perfil comercial revela que posee una millonaria deuda con varias firmas de préstamos y tarjetas de crédito.
El dilema recae ahora en la imputación que podría recibir la detenida, debido al vacío legal que existe respecto a estos temas.
Qué dice la ley sobre la profanación de cuerpos enterrados
Si bien profanar tumbas y robar cadáveres son considerados hechos macabros, para el Código Penal argentino, técnicamente, el horrífico accionar no corresponde a un delito. La Ley N° 11.179 detalla en su artículo 171 que “sufrirá prisión de dos a seis años el que sustrajere un cadáver para hacerse pagar su devolución”.
Es decir que “el Código Penal hace alusión a la sustracción de cuerpos, pero sólo si es extorsiva, es decir, si se pide dinero a cambio”, explicó una fuente judicial al mencionado medio respecto a ese artículo en particular.
Robar un cadáver es penado únicamente por el Código Contravencional de la Provincia de Buenos Aires, el cual en su artículo 64, a partir del Decreto de Ley 8031/73 detalla que “será sancionado con multa entre el cincuenta (50) y el cien (100) por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y arresto de hasta noventa (90) días” el que “sustrajere un cadáver o sus cenizas”, “mutilare o destruyere un cadáver sin la correspondiente autorización” o “el que profanare un cadáver”.