En un escrito presentado por sus letrados Ricardo Sánchez y Aldo Cabaña, el ex intendente municipal Gustavo Martínez se presentó espontáneamente ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo en la causa en la que se tramita el despido de 431 trabajadores municipales.
El motivo está dado por el hecho de que en más de 900 causas en las que el Tribunal ha citado a Martínez, la actual gestión no le ha hecho llegar ninguna notificación: “Todo en tren de dilatar lo máximo posible los litigios, para así desbaratar los derechos de los trabajadores”, argumenta el texto.
En su escrito, el ex intendente cuestionó duramente a las Juezas de dicha Cámara, haciendo notar la grave y notoria parcialidad de las mismas en favor de Roy Nickisch.
Así, por ejemplo, dijo: “Vamos a probar que V.E. no tenía toda la documentación ni toda la información con que contamos hoy, a cuatro meses del dictado de aquella sentencia e incluso se le dio a esta Cámara información falsa , todo lo cual fue determinante en su momento para hacer lugar a la cautelar y hoy es determinante precisamente para modificarla o en todo caso readecuarla”.
También cuestionó en duros términos la notoria parcialidad de las Magistradas, al decir: “V.E. dicta cautelar pero en el punto 3 del Resolutorio agrega una nuevo ítem que no fue mencionado con anterioridad y es el relativo a los contratados de obra del Municipio , los que siguen con su designación suspendida por la Resolución 661- Art. 5to. y a pesar de que por dicha Resolución se deja sin efecto una ordenanza vigente hasta el día de hoy. Integrantes de esta Cámara enseñan derecho administrativo e incluso en carreras de posgrado. ¿Entonces una Resolución está por encima de una ordenanza?”
“Otro argumento para hacer lugar a este recurso y que la causa tramite garantizando a los trabajadores un mínimo de subsistencia, es lo atinente a que en todo el procedimiento que culmina con la declaración administrativa de lesividad, nunca participó Gustavo Martínez. Nunca fue oído, nunca pudo ofrecer ni producir prueba en ninguna de las etapas del proceso iniciado en diciembre de 2.023 afectándose así su derecho de defensa. No hace falta aquí ahondar en lo que incluso tiene rango supranacional (Pacto de San José de Costa Rica) , Constitución Nacional y Provincial . El derecho de defensa es inviolable y en este caso fue absolutamente pisoteado por la administración Nikisch”, agrega.
“Pocas veces se ha visto en la provincia del Chaco una actuación tan paupérrima de la Justicia, motivo por el cual, muchos letrados patrocinantes de los empleados despedidos sin razón están considerando la posibilidad de realizar un Jury en contra de las Camaristas Natalia Pratto y Geraldine Varas”, cierra el comunicado.