El Juzgado de la localidad de San Roque ordenó su inmediata escolarización y el cambio de división. La institución deberá presentar informes mensuales de seguimiento psicopedagógico.
La pequeña de 7 años era víctima de acoso escolar y bullying por parte de sus compañeros, aparentemente por sus características físicas. Por lo tanto, su mamá determinó que la niña no asistiría a la escuela de Colonia Pando, San Roque, hasta tanto no se le garantizara seguridad y la asistencia psicológica necesaria.
De esta forma, el entonces Juzgado en lo Civil y Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de San Roque, que recibió la denuncia de acoso escolar por parte de la progenitora. Ésta refirió haberse entrevistado con la directora y la docente del establecimiento escolar, pero no obtuvo ningún tipo de respuesta institucional y la niña comenzó a autoagredirse.
El informe psicológico forense realizado a la niña indicaba que sus mecanismos psicológicos de defensa y adaptación eran precarios, y ello incidía de modo negativo en su capacidad de resiliencia. Existían signos de haber estado sometida a estímulos altamente estresantes, principalmente en el ámbito escolar.
¿Qué determinó la Justicia?
“Es prioritario que X., pueda continuar con su trabajo psicoterapéutico en lo posible con la misma profesional que la atiende en la actualidad, ya que desde que cuenta con tratamiento psicológico, ella expresó deseos de reintegrarse a la escuela” sostuvo el doctor César Daniel Romero, juez sustituto. Y agregó que la nena debía retomar su escolarización porque además evidenciaba entusiasmo por regresar.
Para mitigar el cuadro, el magistrado dispuso el cambio de división del grado, porque de regresar al curso actual podría ser peligroso para ella.
Urgió a la escuela que se ocupara de tramitarlo en forma inmediata y a que presente un informe mensual al juzgado acerca del seguimiento psicopedagógico que le deberán efectuar a la niña, y dio intervención a la Dirección de Protección de la Niñez y Adolescencia de la Provincia.
También pidió todo el esfuerzo posible para que el problema no siguiera escalando ni se convirtiera en objeto de polémicas en los ámbitos donde se encontraba la niña; guardando reservas y prudencia para así evitar que la solución pasara a ser un nuevo foco de conflicto que “lógicamente impactaría en quien debemos proteger”.
El acoso es negativo e intencional
El juez sustituto César Daniel Romero, afirmó que las testimoniales obtenidas y los informes revelaban que la niña se encontraría atravesando una situación de singular complejidad. Por un lado, el destrato que habrían efectuado sus compañeros de escuela y por otro, la falta de respuesta institucional de la autoridad educativa.
El magistrado recordó que el bullying o acoso escolar es definido por Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) como toda intimidación o agresión física, psicológica o sexual contra una persona en edad escolar en forma reiterada de manera tal que causa daño, temor y/o tristeza en la víctima o en un grupo de víctimas.