Dolly Fernández fue designada jueza técnica en el juicio por el femicidio de Cecilia Strzyzowski. La camarista de la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia destacó la complejidad de la causa y el proceso de revisión de pruebas previo a la audiencia. En diálogo con NG Federal, aseguró que examinará el expediente en su totalidad para garantizar un juicio transparente y justo.
Dolly Roxana de los Ángeles Fernández, jueza de la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, fue designada como jueza técnica para el juicio por jurados en la causa que involucra a César Sena y sus padres, acusados del femicidio de Cecilia Strzyzowski. Este nombramiento se da luego de la inhibición del juez de la Cámara Tercera en lo Criminal, Ernesto Azcona. La jueza, en diálogo con NG Federal, habló sobre los próximos pasos de este caso de alto perfil y la complejidad que representa. Fernández subrayó la importancia de comprender la magnitud del expediente y del proceso judicial que enfrentará. “El sorteo se realizó hace pocos minutos, y aunque sé que debo asumir el caso, todavía no tengo conocimiento exacto del volumen del expediente. Sé que es extenso y complejo”, señaló la jueza al referirse al tiempo necesario para evaluar los detalles del proceso antes de fijar la fecha del juicio.
¿Se puede cambiar de lugar del juicio por jurados?
La Jueza Fernández habló sobre la posibilidad de cambiar el lugar del juicio. Explicó que, por razones de organización, podría ser conveniente trasladarlo a otra localidad dentro de la circunscripción si así lo requería la situación. Sin embargo, aclaró que en este caso en particular no sería necesario realizar dicho cambio.
“La previsión de cambiar el lugar del juicio tiene que ver con casos en los que un hecho haya ocurrido en una localidad fuera de la cabecera de Resistencia. En ese contexto, por razones organizativas, podría ser conveniente trasladar el juicio a esa localidad para que los testigos declaren allí, si resulta más conveniente para la realización del juicio. Sin embargo, en este caso en particular, no sería necesario.”
La ley chaqueña de juicio por jurado establece un plazo de cinco días para definir la audiencia preliminar. Fernández explicó que, aunque este plazo es orientativo, el tribunal dispone de flexibilidad para establecer la fecha según su agenda. “En el término de cinco días, hay que fijar la audiencia preliminar del juicio por jurado. Es decir, el tribunal decide, de acuerdo a su agenda, cuándo dispondrá de las audiencias”, aclaró.