“Seguiremos defendiendo nuestra empresa estatal frente a los fondos buitres”, aseguró la portavoz de Presidencia, Gabriela Cerruti. Para el estudio de abogados Sullivan & Cromwell, que representa a la Argentina, se trata de un fallo “sin precedentes y erróneo”.
El estudio de abogados Sullivan & Cromwell, que representa a la Argentina en la demanda del fondo Burford Capital por la expropiación de YPF, manifestó hoy “su desacuerdo con la decisión sin precedentes y errónea de la corte de distrito” de Nueva York y ratificó la decisión de “apelar la sentencia”.
Las declaraciones surgen como respuesta al fallo emitido hoy por la jueza Loretta Preska, que determinó que la Argentina debe pagar a Burford Capital un resarcimiento cercano a los US$16.000 millones por la expropiación y recuperación por parte del Estado de la petrolera YPF, ocurrida en 2012.
Al respecto, el abogado Robert Giuffra, socio del estudio Sullivan & Cromwell, aseguró que “la sentencia dictada en materia de daños y perjuicios refleja la incomprensión fundamental de la corte de distrito respecto del derecho argentino aplicable y exacerba otros errores graves de derecho argentino que la corte ya cometió en instancias anteriores del caso”.
“Este litigio, que versa sobre los derechos de ex accionistas de una sociedad argentina bajo los estatutos de esa sociedad argentina no debería tramitar en un tribunal de EEUU, en particular cuando el derecho argentino vigente exige que este tipo de controversias sobre derecho argentino deben ser decididas por los tribunales argentinos”, agregó Giuffra en una nota de prensa.
Y añadió que “ningún tribunal argentino ha permitido a antiguos accionistas minoritarios interponer una demanda contra otra accionista por daños y perjuicios por incumplimiento contractual, basándose en supuestas violaciones de los estatutos de una sociedad argentina”.
En ese sentido, el abogado ratificó la decisión de apelar la sentencia “ante la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Segundo Circuito” y señaló que “confiamos que corregirán los errores fundamentales de la corte de distrito”.
Fuente: Télam