El eje central del planteo oficial radica en la existencia de una condena penal firme contra la ex mandataria en la denominada “Causa Vialidad”. Entienden que esa situación configura una “indignidad sobreviniente”

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir la sentencia que ordenó restituir la pensión por viudez que percibía la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
La apelación apunta contra el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social que dispuso restablecer la asignación mensual vitalicia, la cual había sido dada de baja por resolución administrativa del organismo previsional.
Desde la cartera que conduce Sandra Pettovello sostienen que la decisión judicial incurre en una interpretación errónea del régimen legal aplicable. Según la postura oficial, la asignación vitalicia que perciben los ex presidentes y sus derechohabientes no constituye una jubilación ordinaria ni un beneficio previsional contributivo, sino una prestación de carácter graciable y honorífico.
En ese sentido, el recurso señala que este tipo de asignación no tiene naturaleza alimentaria, ya que no está vinculada a aportes realizados durante la vida laboral ni destinada a garantizar la subsistencia básica. Por el contrario, argumenta que se trata de un reconocimiento asociado a la investidura presidencial y que su continuidad depende del mantenimiento de determinadas condiciones legales y éticas.
La condena y la “indignidad sobreviniente”
El eje central del planteo oficial radica en la existencia de una condena penal firme contra la ex mandataria en la denominada “Causa Vialidad”, que incluyó seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Desde el Gobierno entienden que esa situación configura una “indignidad sobreviniente” que resulta incompatible con la percepción de un beneficio honorífico financiado por el Estado.
Para el Ministerio, la normativa vigente contempla la imposibilidad de mantener la asignación ante una condena con inhabilitación absoluta, por lo que consideran que la Cámara omitió ponderar adecuadamente esa prohibición al ordenar la restitución del pago.
Cuestionamientos a la medida cautelar
Otro punto del recurso apunta contra la medida cautelar que restableció el cobro mientras se discute el fondo del asunto. El Gobierno sostiene que la Cámara habría adelantado en forma provisoria el resultado del juicio principal, al conceder de manera anticipada lo que constituye el objeto central de la demanda.
Además, cuestiona que no se haya acreditado de manera concreta el “peligro en la demora”, requisito necesario para justificar una tutela cautelar. Desde la postura oficial, al no tratarse de un beneficio de carácter alimentario, no existiría un daño irreparable que habilite la restitución inmediata.
Un debate con impacto institucional
La controversia excede el caso individual y abre una discusión más amplia sobre el régimen jurídico de las asignaciones vitalicias para ex presidentes. La Corte Suprema deberá determinar si admite el recurso extraordinario y, eventualmente, fijar criterios sobre la compatibilidad entre una condena penal firme y el mantenimiento de este tipo de beneficios.
La definición del máximo tribunal podría sentar precedente respecto de los límites del control judicial sobre actos administrativos de ANSES y el alcance de las medidas cautelares en materia de prestaciones no contributivas.
