
Un proyecto presentado en la Legislatura propone que residencias y centros de atención para adultos mayores cuenten con videovigilancia permanente, almacenamiento de las grabaciones durante al menos 90 días y acceso para familiares. La iniciativa incluye habitaciones y salas de atención, pero prohíbe expresamente cámaras en baños, vestuarios y espacios de higiene íntima.
Los geriátricos y establecimientos dedicados al cuidado de adultos mayores en Chaco podrían quedar obligados a instalar cámaras de seguridad con registro de imagen y sonido si prospera una iniciativa que comenzó a transitar la Cámara de Diputados provincial. El proyecto plantea utilizar la videovigilancia como una herramienta para prevenir y eventualmente probar situaciones de abuso, abandono o maltrato.
La propuesta fue presentada por el diputado Adrián Zukiewicz, del interbloque Chaco Puede, y alcanza tanto a instituciones públicas como privadas y mixtas. El texto establece además que contar con estos sistemas sería un requisito para obtener la habilitación provincial de nuevos establecimientos.
El proyecto aparece en medio de una discusión cada vez mayor sobre los mecanismos de control de instituciones donde permanecen alojadas personas que, por problemas de salud, movilidad reducida o deterioro cognitivo, pueden encontrarse particularmente expuestas ante situaciones de violencia.
Cámaras y micrófonos durante las 24 horas
La denominada Ley de Videovigilancia y Registro de Audio para la Protección de Adultos Mayores en Instituciones de Cuidado establece que los sistemas deberán funcionar de manera ininterrumpida. El alcance comprende residencias de larga estadía, geriátricos, centros de día y cualquier otro establecimiento habilitado para la atención, cuidado o resguardo de adultos mayores dentro de la provincia.
Las cámaras deberían instalarse en comedores, salas de estar, patios, pasillos, zonas de recreación, accesos y recepciones. Pero el proyecto va un paso más allá y contempla también dispositivos en habitaciones, salas de enfermería y sectores de asistencia médica, una disposición que abre una discusión vinculada con la privacidad de los residentes.
Para intentar preservar ese derecho, la iniciativa prohíbe expresamente la colocación de cámaras en baños, vestuarios y lugares destinados al aseo o higiene íntima. En las habitaciones, además, los dispositivos deberían tener ángulos que impidan registrar prácticas de higiene personal.
Otro de los puntos centrales establece que todo el material registrado deberá conservarse durante un plazo mínimo de 90 días corridos, mediante sistemas digitales encriptados. Los familiares directos o tutores legales podrían solicitar imágenes correspondientes a una fecha y horario determinado y la institución tendría un máximo de 48 horas hábiles para entregar el acceso. Cada consulta debería quedar asentada en un registro con la identidad del solicitante, la fecha y el motivo.
El proyecto contempla, sin embargo, una protección adicional para el propio adulto mayor: si conserva su capacidad civil, podrá oponerse al acceso de un familiar determinado a esas grabaciones. Además, se prohíbe la publicación, difusión o comercialización de las imágenes y audios.
Consentimiento obligatorio al ingresar a un geriátrico
La iniciativa dispone que los contratos de admisión deberán incluir una cláusula específica de consentimiento informado. El residente, su apoderado o representante legal deberá ser notificado sobre la existencia de cámaras y micrófonos, los lugares donde funcionan y las condiciones de utilización del material.
También deberán colocarse carteles visibles informando que el establecimiento se encuentra bajo videovigilancia y registro de audio continuo. Para las instituciones que ya se encuentran funcionando, el proyecto fija un plazo de 180 días desde la reglamentación para realizar las adecuaciones.
Los costos de compra, instalación y mantenimiento quedarían a cargo de cada establecimiento. En las residencias estatales, el proyecto establece que deberán utilizarse partidas ya existentes, sin crear una nueva erogación presupuestaria provincial.
El sistema propuesto contempla un esquema progresivo de sanciones. Ante un incumplimiento, podría aplicarse inicialmente un apercibimiento con un plazo de diez días para regularizar la situación. Luego se prevén multas acumulativas, suspensión de la habilitación y hasta clausura preventiva o definitiva frente a reincidencias o negativas deliberadas a permitir el acceso a los registros. El Poder Ejecutivo deberá determinar qué organismo actuará como autoridad de aplicación y realizará auditorías sobre el funcionamiento de los equipos y el almacenamiento de los archivos.
El antecedente de los videos de maltrato en un geriátrico
En los fundamentos, el proyecto pone el foco en que la violencia contra adultos mayores no necesariamente deja lesiones físicas visibles. Gritos, amenazas, humillaciones, destrato psicológico u omisiones en la alimentación y atención médica son algunas de las situaciones que, según argumenta la iniciativa, justifican que el sistema también registre sonido.
La discusión cobró especial actualidad luego de episodios conocidos públicamente en otras provincias. Recientemente, en Mar del Plata, las cámaras internas de un geriátrico permitieron detectar presuntos maltratos de un trabajador hacia dos adultas mayores. Las filmaciones registraron agresiones verbales y físicas y fueron posteriormente entregadas a la Justicia. El empleado fue apartado y se inició una investigación penal.
