
La diputada provincial María Pía Chiacchio Cavana presentó este martes en la Legislatura del Chaco un proyecto para modificar la Ley 645-A y ampliar las licencias destinadas a trabajadores de la Administración Pública que atraviesen un proceso de adopción.
La iniciativa busca que el régimen contemple no solamente el momento en que se otorga la guarda con fines adoptivos, sino también las instancias previas de evaluación, entrevistas, audiencias y otros trámites necesarios durante el proceso.
Hasta 15 días para trámites previos a la adopción
El proyecto establece una licencia de hasta 15 días por año para que los aspirantes puedan asistir a entrevistas, estudios, evaluaciones, audiencias, visitas y demás medidas dispuestas por organismos administrativos o judiciales.
En circunstancias excepcionales, ese período podría extenderse otros 15 días, siempre que exista una justificación vinculada con las características particulares del proceso y el interés superior del niño, niña o adolescente.
Entre 90 y 180 días cuando se otorgue la guarda
Una vez concedida judicialmente la guarda con fines de adopción, la propuesta contempla distintos plazos de licencia remunerada según la edad del niño.
Serían 100 días corridos cuando tenga hasta ocho años, mientras que la licencia se ampliaría a 180 días cuando se trate de un menor de dos años o de un niño prematuro. Para niños desde los nueve años y adolescentes, se establecen 90 días corridos.
En caso de adopciones múltiples, se agregarían otros 30 días por cada niño o adolescente adicional incorporado al grupo familiar.
Además, cuando se trate de la adopción de una persona con discapacidad, la licencia tendría una extensión adicional de 90 días.
La licencia podría ser utilizada por ambos adoptantes
Otro de los puntos del proyecto establece que, cuando la guarda sea otorgada conjuntamente a más de una persona y ambas sean agentes estatales comprendidas por la norma, cada una tendrá derecho a utilizar la totalidad de la licencia correspondiente.
Podrían hacerlo de manera simultánea, alternada o sucesiva, previa comunicación a la autoridad competente.
Una vez dictada la sentencia definitiva de adopción, también se otorgaría un permiso remunerado de hasta cinco días hábiles para realizar trámites judiciales, registrales, educativos, sanitarios y administrativos.
Sin requisito de antigüedad
El proyecto señala que no se exigirá antigüedad laboral para acceder a estos beneficios y que los períodos utilizados serán computados tanto para la antigüedad como para fines jubilatorios.
La propuesta alcanza a todo el personal comprendido dentro de la Ley 645-A de Régimen de Licencias y Permisos de la Administración Pública Provincial.
En los fundamentos, Chiacchio Cavana plantea que la adopción debe ser entendida como un proceso de construcción y consolidación de vínculos familiares, que requiere tiempo para la adaptación y acompañamiento del niño, niña o adolescente.
En caso de ser sancionada, el Poder Ejecutivo tendría 45 días desde su promulgación para reglamentarla. Sin embargo, el texto establece que la falta de reglamentación dentro de ese plazo no impediría la aplicación de los derechos reconocidos por la futura norma.
