Zdero presentó un proyecto para regular la actualización salarial docente desde 2027

La propuesta establece que los aumentos se definirán tras evaluar la inflación, la recaudación y los recursos disponibles de la Provincia. No prevé ajustes automáticos por IPC y busca compatibilizar la recuperación progresiva del salario con el equilibrio fiscal.

El gobernador de Chaco, Leandro Zdero  , presentó un proyecto de ley para establecer un régimen de actualización salarial docente que condiciona los aumentos a la disponibilidad de recursos y excluye los ajustes automáticos vinculados exclusivamente con la inflación  . Si la Legislatura lo aprueba, el esquema comenzará a aplicarse a partir del ejercicio presupuestario 2027.

La propuesta deja en manos del Poder Ejecutivo la decisión de otorgar nuevas actualizaciones, después de evaluar los ingresos provinciales, la coparticipación federal, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el peso de los salarios sobre el presupuesto. El texto no fija una fórmula de cálculo, un porcentaje mínimo de aumento ni una frecuencia concreta para las revisiones. 

En los fundamentos, el Gobierno sostiene que busca un régimen que «compatibilice la preservación progresiva del salario con la sostenibilidad financiera del Estado Provincial y el cumplimiento de los principios de responsabilidad fiscal».

Cómo se definirían los aumentos docentes

El mecanismo previsto consiste en una evaluación periódica a cargo del Ministerio de Hacienda y Finanzas  . Además de la inflación, deberá considerar la recaudación provincial efectiva, los recursos de origen nacional y las variables fiscales y presupuestarias.

Con ese análisis, el Ejecutivo «podrá disponer nuevas actualizaciones salariales», según establece el artículo 4. La redacción habilita la posibilidad de otorgar incrementos, pero no obliga a aplicarlos después de cada evaluación  . Toda mejora deberá contar con crédito presupuestario suficiente y financiamiento compatible con el equilibrio de las cuentas públicas.

La aplicación del régimen quedaría a cargo de los ministerios de Hacienda y de Educación. El Ejecutivo también tendría facultades para dictar las normas necesarias para su implementación.

La inflación sería una referencia, sin ajuste automático

Uno de los puntos centrales aparece en el artículo 7: las actualizaciones «no constituirán mecanismos automáticos de indexación salarial ni generarán incrementos automáticos vinculados exclusivamente a índices inflacionarios».

Esto significa que una suba del IPC no activaría, por sí sola, un aumento docente equivalente  . La inflación integraría el análisis junto con los ingresos y la situación financiera de la provincia.

Los fundamentos explicitan el criterio: «La posibilidad de disponer nuevas actualizaciones salariales no depende exclusivamente de la evolución observada o proyectada del Índice de Precios al Consumidor (IPC), sino fundamentalmente de la disponibilidad efectiva y proyectada de recursos públicos».

Aunque el proyecto incluye entre sus objetivos la protección progresiva del poder adquisitivo, no establece una garantía de recomposición equivalente a la inflación ni un mecanismo obligatorio para recuperar pérdidas salariales  .

Los argumentos del Gobierno: dependencia de fondos nacionales y margen fiscal reducido

Para justificar la propuesta, el Ejecutivo describe una estructura presupuestaria fuertemente dependiente de los ingresos nacionales. Según las proyecciones de 2026 citadas en los fundamentos, el 79,5% de los recursos de Chaco proviene de transferencias automáticas y otras fuentes de origen nacional  .

El documento también señala que el gasto en personal previsto para este año representa el 52,8% de las erogaciones totales y el 62,7% de las corrientes  . Se trata del gasto de personal provincial en su conjunto, no únicamente de los salarios docentes.

Con esos datos, el Gobierno afirma que el Presupuesto 2026 fue elaborado con un «margen fiscal sumamente acotado» y sostiene que debe preservarse «la consistencia entre ingresos permanentes y gastos permanentes».

Los fundamentos mencionan, además, una pauta cercana al 10% para la partida de personal de 2026  . Esa referencia corresponde a la formulación presupuestaria de este año: no constituye un aumento docente del 10% dispuesto por el nuevo proyecto  .

Qué establece para 2027 y qué dice sobre el fallo del STJ

Para los presupuestos de 2027 y los años siguientes, la iniciativa dispone que la estimación de la partida de personal docente tome como referencia las proyecciones y los lineamientos macroeconómicos que comunique el Gobierno nacional  , dentro del régimen de responsabilidad fiscal.

El Ejecutivo también invoca la sentencia 70/26 del Superior Tribunal de Justicia del Chaco  . Según la interpretación expuesta en los fundamentos, ese fallo reconoce que corresponde a los poderes Ejecutivo y Legislativo definir los mecanismos de actualización salarial de acuerdo con las posibilidades financieras provinciales.

La aplicación desde 2027 responde, de acuerdo con el mensaje oficial, a que las pautas presupuestarias de 2026 ya fueron aprobadas por ley. La propuesta deberá ser debatida y sancionada por la Cámara de Diputados chaqueña para entrar en vigencia. 

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