Es el primer caso de adopción entre adultos mayores; fue posible porque ahora el Código Civil permite inscribir como propio al hijo del cónyuge o pareja.
Un hombre de 76 años decidió adoptar al hijo de su pareja, con la particularidad de que esta persona tiene 61 años. El caso generó una gran conmoción en Salta, ya que se presenta como una situación atípica en donde, además, el hombre que finalmente fue adoptado también quiso cambiar su apellido.
El pedido resultó tan singular que la jueza que intervino tuvo que preguntar varias veces si no había leído mal. “Efectivamente, así como se lee”, le respondieron. Ana López, de 82 años, y Luis González, de 76, querían que él adoptara al hijo de ella, Pedro Ruiz, de 61. “Pero no hay ningún niño… ¿son todos adultos mayores?”, indagó la magistrada. Cuando Pedro tenía 2 años, su madre empezó a convivir con Luis y cuando cumplió los 10, se casaron. Sin embargo, Pedro tenía un padre biológico que le dio el apellido y no mucho más, ya que no mantuvo vínculo con él durante su infancia; falleció en 1974. Para Pedro, que es carpintero y tiene dos hijos y un nieto, Luis siempre fue su padre. En el colegio, todos lo llamaban con el apellido González. La dicotomía ocurría cuando había lección y llamaban por lista, o cuando tenía que completar un trámite y allí era Ruiz.
La historia del hombre de 61 años que fue adoptado por otro de 76 en Salta
A lo largo de la infancia de Pedro, tres veces la familia intentó la adopción. Sin embargo, las tres veces les explicaron que no se podía. El Código Civil anterior no lo permitía. Por eso, siempre lo sintieron como una deuda: hacer coincidir la identidad legal con la real. Nunca se les había ocurrido que, después de la aprobación del nuevo texto del Código Civil, en 2015, Luis podía adoptarlo, aunque ambos fueran ya adultos.
Fue así que, casi 60 años después haber trabado una relación de padre e hijo, decidieron acercarse a un juzgado y volver a preguntar si podían formalizar su vínculo.
“Nos costó armar la adopción porque al principio hablábamos del niño y resulta que el niño tiene 61 años. Todos los que intervienen en esta adopción integran la tercera edad”, detalló la jueza a cargo de la causa, tal como replicó La Nación.
En el fallo se precisó que desde que comenzó el vínculo entre López y González éste último integró a Ruiz a su vida, dándole verdadero trato de hijo y cuidándolo durante toda su vida.
El 30 de julio de 2024 se llevó a cabo una audiencia con los tres miembros de la familia, la Defensoría Oficial interviniente y el Ministerio Público Fiscal. Allí las partes manifestaron comprender los alcances de lo requerido y describieron más detalles de la dinámica familiar.
González comentó que no tuvo otros hijos “más que Pedro” y que es él quien los asiste en todas sus gestiones y trámites, desempeñándose como apoderado de sus padres. Ruiz, además, realiza tareas de carpintería.