Continúa la judicialización de los pases a planta: un sindicato quiere que sigan en pie y recurrió al STJ

A un mes del cambio de gobierno en Chaco y de una transición concluida antes de tiempo, UPCP realizó una presentación ante el máximo tribunal de la provincia para que se declare la nulidad de las medidas cautelares que suspendieron convocatorias para pases a planta.

Diversos sindicatos que agrupan a empleados públicos de la provincia han llevado a cabo en las últimas semanas diversas manifestaciones para que el proceso de formalización laboral continúe. Esto se produce luego de cuestionamientos por parte de la oposición a distintos decretos del Ejecutivo saliente y las dos medidas cautelares firmadas por el juez Civil y Comercial Nº 17 de Resistencia , Orlando Beiranavicius, que suspendieron los efectos de los instrumentos.

A la cuestión judicial que rodea a los pases a planta se le sumó también la acción de inconstitucionalidad  que impulsó el fiscal de Estado, Roberto Alejandro Herlein, contra el Decreto 2656/23 del pasado 28 de septiembre. Más allá de eso, la Fiscalía defenderá el resto de los instrumentos.

En alerta a la decisión del juez Beiranavicius, el principal sindicato de empleados públicos, UPCP, interpuso una Acción de Amparo tendiente a declarar la nulidad de lo actuado por el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 17 y también un pedido excepcional de suspensión de ejecución de sentencia ante el Superior Tribunal de Justicia.

La acción se fundamenta en que “los Decretos cuestionados tienen base normativa e integran un proceso regulado por normativas propias y específicas, y no constituyen actos discrecionales basados en el mérito, conveniencia y oportunidad del Poder Administrador. Son el resultado del cumplimiento de una orden legal, que, en el caso en análisis, debe ser cumplida por el Poder Ejecutivo Provincial”. Además, argumenta que esta base normativa debe prevalecer sobre cualquier otra regla o principio que se pretenda esgrimir.

Finalmente, se asegura que el Juez de Primera Instancia Civil y Comercial N° 17, al admitir las acciones de Amparo y despachar las medidas cautelares contra los Decretos mencionados y sus efectos, “omitió la normativa vigente y aplicable a este asunto”.

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