
La diputada provincial María Luisa Chomiak presentó un proyecto de ley que busca incorporar al régimen de licencias de los empleados estatales chaqueños una licencia especial para quienes deban asistir a sus mascotas ante una enfermedad grave o una intervención quirúrgica de riesgo.
El proyecto propone instituir en el ámbito de la Administración Pública provincial la «Licencia por Enfermedad Grave, Intervención Quirúrgica o Fallecimiento de la Mascota», destinada a quienes acrediten la tenencia responsable de un animal de compañía, es decir, todo animal doméstico que conviva con el agente bajo tenencia responsable, con guarda acreditada por cualquier medio razonable (declaración jurada, libreta sanitaria, registro municipal de tenencia si existiere, u otro medio idóneo), no destinado a fines comerciales, productivos, de reproducción con fines de lucro, ni utilizado como animal de trabajo o de renta.
La iniciativa alcanza al personal de planta permanente, planta temporaria y contratado de la Provincia, incluyendo a quienes se desempeñan en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, organismos descentralizados, entes autárquicos y sociedades o empresas del Estado provincial.
Hasta dos días por enfermedad grave o cirugía
De acuerdo con la propuesta, los agentes podrían acceder a hasta dos días hábiles por año calendario, con goce íntegro de haberes, cuando su mascota atraviese una enfermedad grave o deba someterse a una intervención quirúrgica de riesgo.
La licencia podría fraccionarse en días u horas, incluso en medias jornadas, cuando las características del cuidado requerido lo permitan.
El proyecto establece que este beneficio sería independiente de las licencias por enfermedad correspondientes al propio agente y no afectaría otros derechos contemplados en el régimen general del empleo público.
En el caso de que dos agentes acrediten la tenencia compartida del mismo animal, la licencia por un mismo hecho generador sería utilizada, como regla general, por uno solo de ellos. Sin embargo, se contempla la posibilidad de uso simultáneo cuando la gravedad de la situación esté debidamente fundamentada por un certificado veterinario.
También un día por el fallecimiento de la mascota
La propuesta incorpora además una licencia específica por fallecimiento de la mascota, independiente de los dos días previstos para enfermedad grave o cirugía.
En este caso, el agente tendría derecho a un día hábil por año calendario, con goce íntegro de haberes.
Para acceder al beneficio debería presentar, dentro de los dos días hábiles posteriores a su reincorporación, un certificado veterinario o una constancia equivalente que acredite el fallecimiento y la fecha en que se produjo.
A diferencia de la licencia por enfermedad o intervención quirúrgica, si dos agentes acreditaran la tenencia compartida de una misma mascota, ambos podrían acceder individualmente al día de licencia por fallecimiento.
¿Qué se consideraría una enfermedad grave?
El proyecto establece que se consideraría enfermedad grave aquella afección que, de acuerdo con un diagnóstico veterinario, comprometa la vida del animal o requiera internación, cirugía de urgencia o cuidados intensivos.
En tanto, una intervención quirúrgica de riesgo sería aquella que, por sus características, requiera un cuidado postoperatorio inmediato y presencial por parte del tenedor.
Para acreditar la situación, se exigiría un certificado emitido por un médico veterinario matriculado, con datos del profesional, identificación del animal, diagnóstico, tratamiento o procedimiento indicado y período de cuidado o recuperación recomendado.
Un régimen con controles y sanciones
La iniciativa también contempla mecanismos para evitar un uso fraudulento de la licencia.
En situaciones programadas, como una cirugía electiva, el agente debería solicitar el permiso con al menos tres días hábiles de anticipación y presentar el certificado veterinario correspondiente.
En casos de urgencia o emergencia, debería informar a su superior dentro de las 24 horas de iniciada la licencia y presentar la documentación respaldatoria dentro de las 48 horas hábiles siguientes.
La falta de presentación del certificado, salvo que exista una causa de fuerza mayor debidamente acreditada, determinaría que la ausencia sea considerada injustificada.
Además, la presentación de certificados falsos o adulterados, o la simulación de la situación que origina la licencia, sería considerada una falta grave y podría derivar en sanciones disciplinarias y, eventualmente, acciones penales.
El proyecto apunta a reconocer el vínculo con los animales de compañía
En los fundamentos, la legisladora sostiene que para muchas personas los animales de compañía forman parte del núcleo familiar y que una enfermedad grave, una cirugía o su fallecimiento pueden generar situaciones que requieren acompañamiento y atención.
«Cuidar a quien nos cuida también merece un lugar en la ley«, plantea la fundamentación de la iniciativa.
La autora señalan que actualmente un trabajador que necesita acompañar a su mascota en una situación de gravedad debe resolverlo utilizando otros mecanismos de licencia, solicitando una autorización o incluso resignándose a no poder estar presente.
Por eso, considera que el proyecto busca establecer un mecanismo específico, limitado y con respaldo profesional para estas situaciones.
Invitan a municipios y al sector privado
La propuesta no se limita a establecer el beneficio para los trabajadores de la Administración Pública provincial.
El proyecto invita a los municipios chaqueños a adherir a la normativa respecto de su personal y a dictar las disposiciones necesarias para su implementación.
Además, exhorta a los empleadores del sector privado, asociaciones sindicales y cámaras empresarias de la provincia a contemplar un beneficio similar dentro de los ámbitos de negociación colectiva.
La diputada también establece que la implementación de la ley no debería implicar un incremento del gasto público provincial, ya que los beneficios deberían atenderse con las partidas presupuestarias existentes.
De ser aprobada, la normativa establece que el Poder Ejecutivo provincial deberá reglamentarla dentro de los 90 días corridos posteriores a su publicación.
