La Justicia Federal procesó a cuatro miembros de la Prefectura Naval Argentina, delegación Barranqueras, por los delitos de “Desobediencia Judicial” y “Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de Funcionarios Públicos”. Esto se da en el marco de la investigación que lleva la Justicia Federal por afiliaciones truchas en La Libertad Avanza, partido del cual Rodríguez es presidente.

El fiscal Federal Patricio Sabadini procesó a cuatro miembros de la Prefectura Naval Argentina, delegación Barranqueras, por los delitos de “Desobediencia Judicial” y “Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de Funcionarios Públicos”. La decisión judicial se basó en graves irregularidades observadas durante el cumplimiento de una orden de requisa al domicilio del Alfredo “Capi” Rodríguez el pasado 29 de agosto de 2025.
Esto se da en el marco de la investigación que lleva la Justicia Federal por afiliaciones truchas en La Libertad Avanza, partido del cual Rodríguez es presidente. Los implicados son Nicolas Emanuel Gómez, procesado como Autor y Antonio Javier Martínez, Modesto Fabián Mendoza y Diego David Muñoz, procesados como Partícipes Necesarios.
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La reconstrucción de los hechos

Según la investigación, que tomó conocimiento que el 2 de septiembre de 2025, cuando se realizó el allanamiento en casa de “Capi” Rodríguez, la presunta comisión del delito se habría configurado en las siguientes circunstancias: La Prefectura Naval Argentina debía secuestrar su celular, computadora y documentación por presuntas afiliaciones truchas usando bases de ANSES y PAMI.
Pero las imágenes muestran algo insólito: Rodríguez subió solo a su departamento sin custodia, pudo cambiar de teléfono o borrar información clave y volvió a su hogar más de una vez durante el procedimiento. Esto puso en duda la integridad de la investigación.
Desobediencia y control de las ciligencias

Según la Justicia, tras analizar el acta de requisa y secuestro que “el personal actuante desobedeció la orden judicial, permitiendo a Rodríguez tener el control y mando de las diligencias que tales funcionarios debían llevar a cabo conforme la orden N° 173/2025”.
El Tribunal entendió que “el delito no se habría concretado si los agentes hubiesen actuado de manera diferente, especialmente si hubieran impedido que el Sr. Rodríguez se retirará y hubiesen cumplido con la requisa ordenada. La cooperación de los funcionarios resultó, por lo tanto, necesaria para la consumación del hecho“.
El Fiscal fundamentó su pedido de procesamiento en “la posible connivencia entre el personal de Prefectura y Alfredo Rodríguez, lo que motivó la necesidad de secuestrar los teléfonos móviles de los agentes sindicados”.
Además, el MPF solicitó una Orden de Presentación para requerir el Libro de Guardia de la Prefectura Naval Argentina, delegación Barranqueras, del año 2025, como elemento probatorio indispensable para la causa, medida que fue autorizada por el Tribunal.
Con los elementos de convicción citados, y en cumplimiento del Art. 306 del C.P.P.N., el Tribunal dictó el procesamiento de los cuatro prefecturianos en un caso que pone en tela de juicio la integridad y el cumplimiento de las órdenes judiciales por parte de las fuerzas de seguridad.
